Nueva Ley de Tráfico para ciclistas
Published On 02/07/14 |
Ciclismo en Ruta, Consejos Cicloturistas, Deportes
Ya es oficial la nueva ley de tráfico que da prioridad a los ciclistas
La nueva Ley de tráfico de la DGT reconoce nuevos derechos a los ciclistas como el de circular en grupo, en paralelo y por autovías siempre que la señalización no indique lo contrario, además, se les otorga prioridad en la circulación en determinados supuestos.Algunos de los cambios más importantes y llamativos en la nueva ley de tráfico que afecta a los ciclistas son los siguientes:
Casco en ciudad
El casco de la bici, que seguirá siendo obligatorio en las carreteras, finalmente se ha conseguido que sólo se exija su uso a los menores de 16 años en ciudad.Circular por el arcén
Circular por autovías
Los ciclistas pueden circular por autovías (no autopistas) siempre y cuando la señalización no indique lo contrario pero además, con algunas limitaciones: las bicicletas deberán portar elementos reflectantes al igual que los ciclistas, cuando circulen por vías en las que sea obligatorio el alumbrado para el resto de vehículos.Nueva reglamentación para ciclistas y conductores con la nueva ley de tráfico
- Los ciclistas, circularán por el arcén de la derecha; también podrán hacerlo los vehículos en seguimiento de ciclistas, a una velocidad por debajo de los límites mínimos marcados en cada vía.
- Los ciclistas podrán superar la velocidad máxima de (40 km/h) en los tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada.
- Podrán circular por los arcenes de autovías, excepto en caso de señalización de lo contrario.
- Los ciclistas al circular en grupo serán considerados como un único vehículo.
- Si un conductor necesita adelantar a un ciclista o pelotón, se podrá ocupar parte o la totalidad del carril contrario, “incluso cuando esté prohibido el adelantamiento”, siempre que se pueda efectuar la maniobra sin peligro.
- Los vehículos que deseen adelantar a otro vehículo y se encuentren con un ciclista en sentido contrario, no deberán realizar la maniobra hasta haberse cruzado con el ciclista, aun cuando éste circule por el arcén contrario.
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